Nación actualizó los requisitos para el Programa de Acompañamiento Social: quiénes no podrán acceder al beneficio
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- El Ministerio de Capital Humano, a través del Boletín Oficial, formalizó un cambio clave para el Programa de Acompañamientos Social...
- El documento establece cambios en los requisitos por lo que se aclara quienes dejarán de acceder al plan
- Quiénes no podrán acceder al Programa de Acompañamiento Social La actualización se fijó en la Resolución 209/2026 y cuenta con la firma de la ministra Sandra Pettovello
- El documento establece que el objetivo principal es «unificar, integrar y actualizar los criterios de incompatibilidad relacionados con la situación penal de los beneficiarios del Programa de Acompañamiento Social»
El Ministerio de Capital Humano, a través del Boletín Oficial, formalizó un cambio clave para el Programa de Acompañamientos Social, se trata de un beneficio de transferencia directa dirigido a personas de más de 50 años y madres de cuatro o más hijos menores de 18 años que viven en condiciones de vulnerabilidad social. El documento establece cambios en los requisitos por lo que se aclara quienes dejarán de acceder al plan. Quiénes no podrán acceder al Programa de Acompañamiento Social La actualización se fijó en la Resolución 209/2026 y cuenta con la firma de la ministra Sandra Pettovello.
El documento establece que el objetivo principal es «unificar, integrar y actualizar los criterios de incompatibilidad relacionados con la situación penal de los beneficiarios del Programa de Acompañamiento Social». La medida subraya que quedarán excluidas o tendrán la condiciones de incompatibilidad todas aquellas personas que se encuentren en las siguientes situaciones: - Prófugos: Quienes sean prófugos de la justicia penal y/o correccional, ya sea del ámbito nacional, provincial o federal. - Detenidos: Quienes estén detenidos a disposición del Poder Judicial (la incompatibilidad dura hasta que cese dicha detención). - Condenados: Quienes estén cumpliendo una condena penal por sentencia firme (la incompatibilidad rige hasta el cumplimiento total de la condena). El Gobierno recordó que en normativas previas ya se habían incorporado restricciones similares de forma separada y en este sentido indica que la nueva resolución busca «unificar e integrar todos estos criterios en un solo texto normativo (específicamente en el artículo 9° del Anexo II de los lineamientos generales del programa) para que el marco regulatorio sea claro y consistente».
El Ministerio de Capital Humano, a través del Boletín Oficial, formalizó un cambio clave para el Programa de Acompañamientos Social, se trata de un beneficio de transferencia directa dirigido a personas de más de 50 años y madres de cuatro o más hijos menores de 18 años que viven en condiciones de vulnerabilidad social.
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