Un árbol de su vecino dañó la medianera y fue a la Justicia: resolvieron podarlo e indemnizarlo por $2,7 millones
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- El reclamo llegó al Juzgado en lo Civil y Comercial N° 1 de San Nicolás, que hizo lugar a la demanda y ordenó a la mujer podar y retirar determinados árboles y plantas...
- Por qué la Justicia ordenó pagar $2,7 millones Los especialistas determinaron que las raíces de los árboles contribuían al deterioro, aunque no eran la única causa
- La obra había sido valuada en $6.763.269,02
- De ese total, la indemnización quedó fijada en $2.705.307,61
Un conflicto entre vecinos por los árboles de un terreno terminó en la Justicia de San Nicolás. Un hombre de 55 años demandó a la dueña de la propiedad lindera porque sostenía que las raíces y las ramas de distintas especies dañaban la medianera y avanzaban sobre su casa. El reclamo llegó al Juzgado en lo Civil y Comercial N° 1 de San Nicolás, que hizo lugar a la demanda y ordenó a la mujer podar y retirar determinados árboles y plantas, además de pagar $2.705.307,61 por los daños en la pared.
El conflicto llevaba varios años. Según relató el demandante, había construido el tapial del fondo entre 15 y 20 centímetros dentro de su propio terreno para evitar problemas con el límite entre las propiedades. Sin embargo, las plantas crecieron cerca de la pared y algunas ramas y enredaderas terminaron sobrepasándola.
Qué daños provocaron los árboles en la medianera El hombre aseguró que las raíces habían generado roturas y rajaduras en la pared divisoria. También sostuvo que los árboles podían afectar cañerías y desagües, y que necesitaba construir una habitación cerca de ese sector. La vecina, de 66 años, reconoció que tenía numerosos árboles en su terreno porque disfrutaba de la naturaleza, pero negó que fueran responsables de los daños.
Según su postura, las fallas del tapial se debían a problemas de construcción y a una sobrecarga realizada por el propio demandante. Para resolver la disputa, el juez analizó dos pericias técnicas. Un informe agronómico identificó casuarinas, tuyas, una higuera silvestre y un jazmín de leche, además de ramas y enredaderas que cruzaban hacia la propiedad lindera.
Por su parte, la pericia de ingeniería civil confirmó que la medianera presentaba grietas, deformaciones y alabeos que podían agravarse con el tiempo si no se tomaban medidas. Por qué la Justicia ordenó pagar $2,7 millones Los especialistas determinaron que las raíces de los árboles contribuían al deterioro, aunque no eran la única causa. También encontraron deficiencias en la estructura del muro, como la falta de refuerzos suficientes y una fundación poco profunda.
El juez consideró que las raíces podían avanzar por grietas y puntos débiles ya existentes, pero no atravesar por sí solas una estructura de hormigón firme y sin fisuras. Por eso, atribuyó a los árboles el 40% de los daños materiales y dispuso que la demandada pagara esa proporción del costo de reparación. La obra había sido valuada en $6.763.269,02.
De ese total, la indemnización quedó fijada en $2.705.307,61. En cambio, el magistrado rechazó los reclamos por daños en cañerías, desagües y pisos porque no se presentaron pruebas suficientes para acreditarlos. Tampoco concedió una indemnización por daño moral, ya que el hombre no logró demostrar una afectación concreta a su tranquilidad o bienestar.
Qué árboles deberá podar o retirar la vecina Además del pago, la sentencia estableció tareas específicas para evitar que las plantas sigan afectando la propiedad lindera. La mujer deberá cortar los rebrotes de dos casuarinas ubicadas cerca de la calle, podar las ramas del jazmín de leche y cortar las de las tuyas y la higuera silvestre del fondo. También tendrá que extraer o cortar cerca de la base el tronco de otra casuarina para impedir que sus raíces continúen creciendo.
La condena deberá cumplirse dentro de los 10 días posteriores a que el fallo quede firme. Las costas del juicio quedaron a cargo de la demandada. El juez fundamentó la decisión en las normas que regulan la convivencia entre propiedades vecinas: cada dueño puede utilizar su terreno, pero debe evitar que esa actividad provoque daños o molestias que superen lo que razonablemente puede tolerarse.
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