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¿Qué deben hacer los familiares si el titular de una cuenta bancaria fallece? Estos son todos los pasos para no heredar deudas

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¿Qué deben hacer los familiares si el titular de una cuenta bancaria fallece? Estos son todos los pasos para no heredar deudas
Lo esencial
  • En esta noticia Cuando una persona fallece en España, sus bienes, derechos y deudas pasan automáticamente a formar parte de la herencia, tal y como establece el Código Civil en sus artículos 659 y siguientes
  • No obstante, muchas familias desconocen los pasos que deben seguir
  • Gestión de cuentas bancarias tras el fallecimiento del titular en España El primer paso consiste en identificar todas las cuentas bancarias activas del fallecido
  • Además, la Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones Públicas establece que los depósitos abandonados durante 20 años sin que nadie reclame su titularidad pueden pasar al Estado

En esta noticia Cuando una persona fallece en España, sus bienes, derechos y deudas pasan automáticamente a formar parte de la herencia, tal y como establece el Código Civil en sus artículos 659 y siguientes. Las cuentas bancarias no quedan al margen de este proceso. Su saldo, tanto positivo como negativo, se integra en el caudal hereditario y debe gestionarse conforme a la ley. No obstante, muchas familias desconocen los pasos que deben seguir. No actuar con la debida diligencia puede provocar la acumulación de comisiones bancarias, bloqueos operativos o incluso la asunción de deudas sin conocer su alcance real. La normativa es clara, pero exige documentación y una gestión ordenada para proteger el patrimonio de los herederos. Gestión de cuentas bancarias tras el fallecimiento del titular en España El primer paso consiste en identificar todas las cuentas bancarias activas del fallecido. Los herederos pueden solicitar información directamente a las entidades financieras, aportando la documentación que acredite su condición, o recabar datos a través del procedimiento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ya que las entidades comunican saldos a efectos fiscales. Una vez localizadas las cuentas, es obligatorio notificar el fallecimiento al banco. Para ello se debe presentar el certificado de defunción, el certificado de últimas voluntades y el testamento o la declaración de herederos. Tras verificar estos documentos, la entidad facilitará información detallada sobre los saldos y permitirá iniciar el reparto conforme a la herencia. Mientras no se complete este trámite, la cuenta suele quedar bloqueada para operaciones ordinarias. Sin embargo, el banco puede permitir ciertos pagos esenciales vinculados al fallecimiento, como gastos funerarios, si se acreditan debidamente. Consecuencias de no gestionar la cuenta bancaria del fallecido La liquidación del Impuesto sobre Sucesiones debe llevarse a cabo dentro del plazo legal estipulado por cada comunidad autónoma. La falta de presentación de la autoliquidación en el tiempo y forma adecuados puede acarrear recargos e intereses. Si la cuenta permanece abierta sin gestión formal, pueden generarse comisiones de mantenimiento, cargos por productos asociados como tarjetas o seguros y, en caso de existir deudas, posibles embargos sobre el saldo. Estas cantidades forman parte del patrimonio hereditario y afectan al reparto final entre herederos. Además, la Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones Públicas establece que los depósitos abandonados durante 20 años sin que nadie reclame su titularidad pueden pasar al Estado. Esto no es automático ni inmediato, pero sí constituye un riesgo real si la herencia no se tramita correctamente. ¿Es posible heredar las deudas de un ser querido fallecido? Antes de tomar una decisión, resulta fundamental solicitar un inventario completo de bienes y deudas. Esta revisión permite conocer con precisión la situación económica del fallecido y evita asumir cargas imprevistas. El asesoramiento especializado en derecho sucesorio aporta seguridad jurídica y ayuda a elegir la alternativa más adecuada. Las deudas no desaparecen con el fallecimiento. El Código Civil contempla tres opciones para los herederos. La primera es aceptar la herencia pura y simple, lo que implica asumir bienes y deudas con todo el patrimonio personal. La segunda es aceptar la herencia a beneficio de inventario, limitando la responsabilidad al valor de los bienes heredados. La tercera opción es renunciar formalmente a la herencia ante notario o en sede judicial, lo que evita cualquier obligación futura. Gestionar correctamente una cuenta bancaria tras un fallecimiento no es solo un trámite administrativo. Es una decisión que protege el patrimonio familiar, evita conflictos legales y garantiza que la herencia se reparta conforme a la ley vigente en España.

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