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Impuestos sobre los combustibles: este es el decreto del Gobierno nacional por las subas pendientes

La decisión forma parte de la estrategia del Gobierno nacional para moderar el impacto sobre los precios de los combustibles y la inflación.

19 de junio de 2026Actualizado hace menos de un minuto3 min de lectura6 lecturasComentarios

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Impuestos sobre los combustibles: este es el decreto del Gobierno nacional por las subas pendientes
#transporte#inflación#milei#impuestos
Lo esencial

La decisión forma parte de la estrategia del Gobierno nacional para moderar el impacto sobre los precios de los combustibles y la inflación.

  • El Gobierno nacional dispuso este lunes una nueva postergación de los aumentos pendientes en los impuestos que gravan los combustibles líquidos y el dióxido de carbono
  • La decisión forma parte de la estrategia del Gobierno nacional para moderar el impacto sobre los precios de los combustibles y la inflación
  • A través del Decreto 405/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, estableció que las actualizaciones acumuladas correspondientes a 2024...
  • La decisión implica una modificación del Decreto 617/2025, que había establecido que parte de los aumentos pendientes entrarían en vigencia a partir de este lunes

El Gobierno nacional dispuso este lunes una nueva postergación de los aumentos pendientes en los impuestos que gravan los combustibles líquidos y el dióxido de carbono. La decisión forma parte de la estrategia del Gobierno nacional para moderar el impacto sobre los precios de los combustibles y la inflación. El Gobierno nacional dispuso este lunes una nueva postergación de los aumentos pendientes en los impuestos que gravan los combustibles líquidos y el dióxido de carbono.

A través del Decreto 405/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, estableció que las actualizaciones acumuladas correspondientes a 2024, 2025 y al primer trimestre de 2026 comenzarán a regir recién a partir del 1 de julio (y no de hoy como estaba indicado en la anterior postergación). La medida alcanza a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, y extiende por un mes más el esquema de diferimientos que el Poder Ejecutivo viene aplicando desde 2025 para evitar un impacto inmediato en los precios de los combustibles. La modificación publicada este lunes extiende hasta el 30 de junio la vigencia del esquema actual.

De esta manera, los incrementos que permanecían pendientes por las actualizaciones correspondientes a los años calendario 2024 y 2025 no comenzarán a aplicarse durante junio, como estaba previsto hasta ahora. Además, la norma incorpora a la nueva postergación los aumentos derivados de la actualización correspondiente al primer trimestre de 2026. Según se detalla en los considerandos del decreto, esos ajustes también debían comenzar a regir desde este lunes, pero quedaron incluidos dentro del diferimiento dispuesto por el Gobierno.

Entre los fundamentos de la medida, el Ejecutivo sostuvo que la decisión busca continuar impulsando el crecimiento económico dentro de un marco de sostenibilidad fiscal. En ese sentido, consideró necesario volver a diferir la aplicación de los incrementos remanentes contemplados por la legislación vigente. La decisión implica una modificación del Decreto 617/2025, que había establecido que parte de los aumentos pendientes entrarían en vigencia a partir de este lunes.

El nuevo decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Economía, Luis Caputo. Los impuestos sobre los combustibles líquidos y sobre el dióxido de carbono se determinan mediante montos fijos en pesos por unidad de medida. La normativa vigente establece que esos valores deben actualizarse periódicamente de acuerdo con la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).

Los montos correspondientes a estos tributos se actualizan cuatro veces al año: en enero, abril, julio y octubre. Para cada ajuste se toma como referencia la variación del IPC registrada durante el trimestre calendario inmediatamente anterior. Asimismo, el régimen vigente establece que los nuevos valores comienzan a tener efecto sobre los hechos imponibles desde el primer día del segundo mes posterior a la actualización.

Sin embargo, el decreto recuerda que la aplicación de esos incrementos fue diferida en reiteradas oportunidades mediante distintas normas dictadas desde 2025, una estrategia que el Gobierno volvió a extender ahora con el objetivo de moderar el impacto sobre los precios de los combustibles y la inflación.

Fuente: Los Andes|Fuente primaria|Editado por Tempranísimo IA

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