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El drama de una pareja que compró pasajes para irse de vacaciones a Italia, la aerolínea se fundió y nunca pudo viajar

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El drama de una pareja que compró pasajes para irse de vacaciones a Italia, la aerolínea se fundió y nunca pudo viajar
Lo esencial
  • La Justicia federal de la Ciudad de Buenos Aires resolvió que Alitalia Società Aerea Italiana S.P.A. deberá indemnizar a un hombre de 46 años por la cancelación de un vuelo a Roma en 2020, en plena pandemia de COVID-19
  • El fallo, firmado por el juez Marcelo Bruno Dos Santos, dispuso que la compañía aérea pague $866.786 más intereses, tras considerar que la empresa incumplió con sus obligaciones legales y contractuales
  • El caso se inició cuando el cliente, que había adquirido dos pasajes de ida y vuelta para viajar junto a su esposa a Italia...
  • Por ese motivo, el juez reconoció un daño patrimonial de $616.786, equivalente al valor actualizado de los pasajes, y un daño moral de $250.000 por el sufrimiento y la incertidumbre generados

La Justicia federal de la Ciudad de Buenos Aires resolvió que Alitalia Società Aerea Italiana S.P.A. deberá indemnizar a un hombre de 46 años por la cancelación de un vuelo a Roma en 2020, en plena pandemia de COVID-19. El fallo, firmado por el juez Marcelo Bruno Dos Santos, dispuso que la compañía aérea pague $866.786 más intereses, tras considerar que la empresa incumplió con sus obligaciones legales y contractuales. El caso se inició cuando el cliente, que había adquirido dos pasajes de ida y vuelta para viajar junto a su esposa a Italia, denunció que la aerolínea suspendió el vuelo programado para el 22 de mayo de 2020 y nunca le ofreció una solución efectiva. Según relató, la empresa primero extendió la vigencia de los tickets hasta noviembre de 2021, pero luego dejó de operar y no respondió a sus reclamos por ninguna vía. El reclamo y la respuesta de la aerolínea El hombre explicó que la cancelación del viaje frustró un proyecto familiar planeado durante años, que llevaban mucho tiempo planeando “las vacaciones de sus sueños”, y que la falta de respuestas de Alitalia le generó graves perjuicios económicos y emocionales. También detalló que, además del dinero invertido en los pasajes, debió afrontar gastos en equipaje e indumentaria, y que tanto él como su esposa sufrieron estrés y problemas de salud por la situación. La demanda incluyó un pedido de resarcimiento por daño patrimonial, daño moral y daño punitivo, además de la actualización de los montos y la publicidad de la sentencia. Por su parte, la aerolínea reconoció la existencia de los pasajes y la cancelación por las restricciones impuestas durante la pandemia, pero argumentó que se trató de un caso de fuerza mayor y que cualquier reembolso debía ajustarse a las condiciones del contrato y a las normas internacionales. Alitalia también cuestionó la competencia del tribunal y la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor, pero esos planteos fueron rechazados en distintas instancias judiciales. Los fundamentos del fallo y el monto de la condena El juez consideró que, si bien la cancelación del vuelo se debió a medidas gubernamentales por la pandemia, la empresa incumplió con su deber de ofrecer alternativas al pasajero, tal como lo exige la ley 27.563, que regula los derechos de los consumidores ante reprogramaciones y cancelaciones por COVID-19. Esa norma obliga a las compañías a reprogramar el servicio, entregar vouchers o reintegrar el dinero abonado. Por ese motivo, el juez reconoció un daño patrimonial de $616.786, equivalente al valor actualizado de los pasajes, y un daño moral de $250.000 por el sufrimiento y la incertidumbre generados. En cambio, rechazó el pedido de daño punitivo, al entender que el Convenio de Montreal de 1999 (aplicable al transporte aéreo internacional) no permite la imposición de multas de ese tipo. El monto total de la condena, que asciende a $866.786, deberá abonarse en un plazo de diez días desde que la sentencia quede firme, con más los intereses calculados según la tasa activa del Banco de la Nación Argentina.

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