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Un delito agravado y no excarcelable: procesan y embargan a Claudio Tapia y Pablo Toviggino por evasión de impuestos en la AFA

Fueron embargados por 350 millones de pesos cada uno; el juez Amarante los procesó por una figura agravada que prevé penas no excarcelables y de hasta 50 años; mantuvo la prohibición de salida del país para ambos

6 de abril de 2026Actualizado hace menos de un minuto6 min de lectura2 lecturasComentarios

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Un delito agravado y no excarcelable: procesan y embargan a Claudio Tapia y Pablo Toviggino por evasión de impuestos en la AFA
#impuestos#seguridad#justicia
Lo esencial

Fueron embargados por 350 millones de pesos cada uno; el juez Amarante los procesó por una figura agravada que prevé penas no excarcelables y de hasta 50 años; mantuvo la prohibición de salida del país para ambos

  • La decisión fue adoptada hoy por el juez federal en la penal y económico Diego Amarante, que los procesó el delito de apropiación indebida de tributos agravado reiterado en 34 oportunidades...
  • Amarante investiga a Tapia y a la AFA por la supuesta apropiación de aportes previsionales y otras irregularidades tributarias, en una suma que superaría los 19.000 millones de pesos
  • Allí se mencionó que se había detectado la falta de pago, dentro de los plazos legales, de las declaraciones juradas presentadas por la AFA relativas a retenciones impositivas del “SIRE IVA” y “SICORE GANANCIAS” de los...
  • El juez embargó a la Asociación del Fútbol Argentino (a la persona jurídica) y a cada uno de los principales acusados por $350.000.000

Un delito agravado y no excarcelable: procesan y embargan a Claudio Tapia y Pablo Toviggino por evasión de impuestos en la AFA Fueron embargados por 350 millones de pesos cada uno; el juez Amarante los procesó por una figura agravada que prevé penas no excarcelables y de hasta 50 años; mantuvo la prohibición de salida del país para ambos - 6 minutos de lectura' Claudio “Chiqui” Tapia y Pablo Toviggino, presidente y tesorero de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), fueron procesados y embargados no haber pagado en plazo más de 19.000 millones de pesos en concepto de impuestos y aportes patronales. La decisión fue adoptada hoy por el juez federal en la penal y económico Diego Amarante, que los procesó el delito de apropiación indebida de tributos agravado reiterado en 34 oportunidades, en concurso real con el delito de apropiación indebida de recursos de la seguridad social agravado reiterado en 17 oportunidades. Esta agravante hace que la pena mínima prevista en caso de una condena no sea excarcelable y que, como máximo, pueda llegar hasta los 50 años de prisión.

Amarante investiga a Tapia y a la AFA por la supuesta apropiación de aportes previsionales y otras irregularidades tributarias, en una suma que superaría los 19.000 millones de pesos. El juez había indagado a los dirigentes deportivos entre el 11 y 12 de marzo pasados. En su declaración, Tapia entregó un escrito con el que se desvinculó de la deuda y pidió su sobreseimiento: sostuvo que las decisiones sobre impuestos y pagos las toman áreas técnicas de la entidad y que él tiene un rol institucional, ajeno a ese manejo.

Tapia argumentó, no obstante, que la AFA no cometió delito alguno porque se encontraba vigente una resolución administrativa del Ministerio de Economía que suspendió las ejecuciones fiscales y que por eso no podía hablarse de delito. En su resolución, el juez Amarante entendió que la AFA, Tapia y otros altos dirigentes de la entidad lideraron una maniobra sistemática de apropiación indebida de tributos y de recursos de la seguridad social. El fallo impuso embargos que en su conjunto ascienden 1700 millones de pesos, distribuidos entre la propia institución y los acusados.

El expediente se inició el 12 de diciembre de 2025 por una denuncia de la ARCA. Allí se mencionó que se había detectado la falta de pago, dentro de los plazos legales, de las declaraciones juradas presentadas por la AFA relativas a retenciones impositivas del “SIRE IVA” y “SICORE GANANCIAS” de los períodos agosto y septiembre de 2025, sumado a retenciones de contribuciones destinadas al Sistema Único de la Seguridad Social entre diciembre de 2024 y septiembre de 2025. El 18 de diciembre de 2025, ARCA presentó una ampliación de la denuncia, donde dijo que la AFA había omitido cumplir con el pago de obligaciones retenidas en múltiples períodos fiscales mensuales comprendidos entre marzo de 2024 y septiembre de 2025.

El fiscal Claudio Navas Rial impulsó el caso contra la AFA y su cúpula directiva: Claudio Fabián Tapia, Cristian Ariel Malaspina (secretario general), Pablo Ariel Toviggino (tesorero) y Gustavo Rroberto Lorenzo (director general). A ellos se sumaría también Víctor Blanco Rodríguez, exsecretario general de la entidad. El objeto procesal se dividió en hechos independientes: la omisión de depósito de importes retenidos por IVA (16 hechos), Impuesto a las Ganancias (18 hechos) y contribuciones al Sistema Único de la Seguridad Social (17 hechos).

Durante las indagatorias, Tapia dijo que su función era “múltiple, primordialmente institucional y esencialmente vinculada y orientada a las actividades que la AFA desarrolla”. Y señaló que pasó 141 días fuera del país en 2024 y 139 en 2025, lo que tornaba “materialmente imposible participar en la cotidianidad de la operatoria burocrática interna”. Afirmó no tener injerencia en el manejo de la clave fiscal.

En la misma línea declaró Blanco Rodríguez. En su descargo, el expresidente de Racing Club alegó que su cargo era “esencialmente institucional y protocolar, sin intervención alguna en la operatoria tributaria y previsional”. Por su parte, Cristian Malaspina, actual secretario general, dijo que las decisiones de no pagar eran previas a su asunción.

Gustavo Lorenzo, director general, señaló que nunca tuvo facultades sobre la disposición de fondos o cuestiones tributarias. Por otro lado, el tesorero Toviggino apostó por una defensa técnica. Planteó que la AFA actuó amparada por normativas del Ministerio de Economía que permitían planes de alivio fiscal y prórrogas, argumentando que medió un “error de prohibición invencible” y que, dado que el Estado permitía regularizar deudas hasta 2026, no había dolo ni voluntad criminal.

El juez Amarante rechazó esos argumentos. Dijo que lejos de encontrarse ante una entidad en crisis que no podía hacer frente a sus obligaciones impositivas, la AFA tenía suficiente liquidez y que la decisión de retener los fondos del Estado fue una estrategia financiera deliberada. El fallo detalla que la AFA contaba con al menos 24 plazos fijos constituidos.

Los realizados en pesos representaron un capital invertido de casi 32.000 millones de pesos, devengando intereses por más de 5638 millones de pesos entre abril de 2024 y julio de 2025. A esto se sumaron plazos fijos en dólares por 7,4 millones. El juez Amarante señaló que “únicamente con los intereses generados por algunos de los plazos fijos constituidos en pesos resultaba posible cancelar -al menos parcialmente- la deuda reclamada por el Fisco”.

A modo de ejemplo, en marzo de 2024, mientras la deuda imputada era de 267 millones de pesos, un solo plazo fijo devengó intereses por más de 306 millones de pesos en esos días. Además, la AFA movió cifras inmensas mediante la compra y venta de títulos del exterior (dólar MEP). En septiembre de 2024, fondeó cuentas con más de 2893 millones de pesos mediante estas operatorias.

En el mismo período, recibió transferencias de sus sponsors, como YPF y Adidas, por miles de millones de pesos, que luego eran transferidos para pagos a clubes de Primera División y Primera B Nacional, como Talleres, Gimnasia y Belgrano, que recibieron 1000 millones cada uno en un solo día de mayo de 2025. Para el juez, este comportamiento refuta la teoría de la falta de recursos. Amarante concluyó que el dinero no se pagó al fisco por un “afán de lucro severamente cuestionable, por el desprecio que evidencia por la situación por la que atravesaba el pueblo de la Nación en ese particular contexto, y muy en especial el colectivo al que se encontraban destinados esos recursos, como lo son los jubilados”.

El magistrado determinó que la decisión por su magnitud no pudo haber pasado inadvertida para la “mesa chica” directiva, quienes tenían el rol de garantes y optaron por usar los impuestos retenidos a los trabajadores para engrosar el patrimonio institucional. El juez embargó a la Asociación del Fútbol Argentino (a la persona jurídica) y a cada uno de los principales acusados por $350.000.000. Amarante mantuvo la prohibición de salida del país de Tapia y del resto de los procesados, motivada por “circunstancias no aclaradas” al intentar modificar condiciones de un viaje previamente autorizado.

La misma medida dispuso para Toviggino, debido a que registra otros procesos en trámite. Se dejó sin efecto la prohibición de salida del país de Lorenzo, de Malaspina y de Blanco Rodríguez.

Fuente: La Nación|Fuente primaria|Editado por Tempranísimo IA

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