Tras el fallo de la Corte, Pichetto y Massot presentaron una cautelar para volver limitar la venta de tierras a extranjeros
Advierten que las operaciones que se puedan concretar hasta que Diputados se expida "podrían generar derechos adquiridos difíciles de revertir".
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Advierten que las operaciones que se puedan concretar hasta que Diputados se expida "podrían generar derechos adquiridos difíciles de revertir".
- Tras el fallo de la Corte Suprema, los diputados Miguel Ángel Pichetto y Nicolás Massot, recurrieron a la Justicia para presentar una medida cautelar contra el Poder Ejecutivo Nacional...
- El artículo 154 del DNU 70 -firmado por Javier Milei en 2023- derogaba la Ley de Tierras, que establece límites a la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros
- Con @Nicolas_Massot presentamos una cautelar para suspender los efectos del artículo 154 del DNU 70/23, que derogó la Ley de Tierras. — Miguel Ángel Pichetto (@MiguelPichetto) October 2, 2026 Buscamos evitar que...
- Tras el fallo… pic.twitter.com/cr6z5mqdz9 En la misma línea se expresó Pichetto: "Tras el fallo de la Corte, pueden comprarse sin límite tierras rurales...
Tras el fallo de la Corte Suprema, los diputados Miguel Ángel Pichetto y Nicolás Massot, recurrieron a la Justicia para presentar una medida cautelar contra el Poder Ejecutivo Nacional, para que se suspendan los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que derogó la Ley de Tierras. La presentación recayó en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 1 de la Capital Federal, a cargo del juez Enrique Alonso Regueira. La oposición en Diputados ya convocó a una sesión especial para el 15 de octubre con el objetivo de voltear directamente el DNU 70.
Sin embargo, los legisladores de Encuentro Federal advierten que las operaciones que se puedan concretar hasta que eso ocurra "podrían generar derechos adquiridos difíciles de revertir". El artículo 154 del DNU 70 -firmado por Javier Milei en 2023- derogaba la Ley de Tierras, que establece límites a la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros. Pero no entró en vigencia porque el Centro de Ex Combatientes de Malvinas (CECIM) de La Plata presentó un amparo para frenar su aplicación, argumentando que la derogación era inconstitucional por afectar la defensa de la soberanía nacional y la protección de recursos estratégicos.
La aplicación del artículo quedó suspendida y el planteo llegó hasta la Corte Suprema que se pronunció esta semana. Aunque no se refirió sobre la cuestión de fondo, que es la constitucionalidad o no, rechazó la medida cautelar al considerar que el CECIM no contaba con legitimación suficiente para promoverla. Lo cierto fue que al quedar sin efecto la cautelar, volvió a regir el artículo que deroga la Ley de Tierras.
De esa manera deja de aplicarse el régimen que establece, entre otras restricciones, un límite máximo del 15% para la titularidad extranjera de tierras rurales a nivel nacional, provincial y municipal. “No podemos permitir que, mientras el Congreso se prepara para decidir, se consoliden operaciones que después sean imposibles de revertir. Lo que se pierda en estas dos semanas puede no recuperarse aunque el Congreso restablezca los límites”, afirmó Massot. Con @Nicolas_Massot presentamos una cautelar para suspender los efectos del artículo 154 del DNU 70/23, que derogó la Ley de Tierras. — Miguel Ángel Pichetto (@MiguelPichetto) October 2, 2026 Buscamos evitar que, mientras el Congreso se pronuncia, se consoliden como derechos adquiridos compras de tierras por extranjeros.
Tras el fallo… pic.twitter.com/cr6z5mqdz9 En la misma línea se expresó Pichetto: "Tras el fallo de la Corte, pueden comprarse sin límite tierras rurales, incluidos inmuebles que contengan o sean ribereños de cuerpos de agua de envergadura y permanentes", sentenció. La cautelar cuestiona además que la derogación de la Ley de Tierras se haya realizado mediante un DNU. Entre sus argumentos, Massot y Pichetto señalaron que el Congreso se encontraba en condiciones de legislar y que el propio Poder Ejecutivo remitió, apenas seis días después de dictar el decreto, un proyecto al Congreso que incluía su ratificación.
Esa ratificación no fue sancionada y posteriormente el Senado rechazó el DNU.
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