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Todas las medidas de vivienda que incluyen los decretos aprobados por el Gobierno: freno a los desahucios, prórroga de alquileres y veto a los fondos buitre

El Consejo de Ministros aprueba dos reales decretos que contemplan también regulación para el alquiler de temporada y por habitaciones, así como la renovación automática de los contratos

2 de octubre de 2026Actualizado hace menos de un minuto4 min de lectura6 lecturasComentarios

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Todas las medidas de vivienda que incluyen los decretos aprobados por el Gobierno: freno a los desahucios, prórroga de alquileres y veto a los fondos buitre
Lo esencial

El Consejo de Ministros aprueba dos reales decretos que contemplan también regulación para el alquiler de temporada y por habitaciones, así como la renovación automática de los contratos

  • Las nuevas normas amplían hasta 2030 la protección frente a los desalojos, modifica la regulación de los alquileres de temporada y por habitaciones...
  • El texto también restringe la compra especulativa de vivienda por parte de fondos de inversión hasta el 31 de diciembre de 2028...
  • La línea, vinculada al Instituto de Crédito Oficial (ICO), podrá cubrir hasta el 20% del valor del inmueble, con un máximo de 50.000 euros y un plazo de devolución de diez años
  • PUBLICIDAD La fiscalidad de las Socimi subirá del 15% al 25% sobre los beneficios no distribuidos, con el fin de que su inversión se redirija hacia la vivienda asequible

El Gobierno ha aprobado este martes en el Consejo de Ministros dos reales decretos de vivienda, tras una semana marcado por las protestas por el desahucio de Maricarmen, que derivaron en una acampada que se ha prolongado ya tres noches en la madrileña Puerta del Sol. Las nuevas normas amplían hasta 2030 la protección frente a los desalojos, modifica la regulación de los alquileres de temporada y por habitaciones, prohíben hasta 2028 la compra de vivienda por parte de fondos buitre y prorrogan dos años los contratos en vigor que finalicen antes del 31 de diciembre de 2028. A estas medidas se suma la renovación automática de los alquileres, incluida en un segundo real decreto tras el acuerdo alcanzado entre los socios de Gobierno.

El primer real decreto mantiene la suspensión de los procesos de desahucio contra personas vulnerables que no dispongan de una alternativa habitacional. El texto también restringe la compra especulativa de vivienda por parte de fondos de inversión hasta el 31 de diciembre de 2028, además de establecer que los contratos de alquiler de temporada tendrán una duración máxima de 12 meses y deberán justificar su carácter temporal. Si no acreditan esa circunstancia, o si se encadenan contratos temporales con el mismo inquilino, pasarán a considerarse arrendamientos de vivienda habitual.

Estos contratos quedarán sujetos a las garantías de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), como la prohibición de cobrar honorarios al inquilino, los límites a las fianzas y la aplicación de los topes de precios. PUBLICIDAD En el caso de los alquileres por habitaciones, la suma de las rentas no podrá superar el límite fijado para el alquiler de la vivienda completa. Los inquilinos contarán con las mismas garantías previstas para los contratos de vivienda habitual.

En el caso de Cataluña, la regulación de las habitaciones no se aplicaría debido a que la comunidad cuenta con normas propias en su Código Civil. Esta excepción busca atraer el respaldo de Junts, según fuentes conocedoras de la negociación. Vivienda pública, IVA a los pisos turísticos y ayudas para la primera vivienda Las normas también incluyen cambios en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), con incentivos para propietarios que rebajen el alquiler respecto del contrato anterior o lo establezcan por debajo del precio de mercado, así como bonificaciones para determinados inquilinos con bajos ingresos.

El detalle de estas medidas deberá concretarse en el texto publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). PUBLICIDAD Se suman cambios fiscales por los que los pisos turísticos pasarán a tributar con un IVA del 10%. El real decreto también reduce al 4% el IVA para la construcción de vivienda de promoción pública y protegida, una medida dirigida a aumentar la oferta de vivienda asequible.

El Ejecutivo prevé además un nuevo mecanismo de financiación para facilitar el acceso a la primera vivienda mediante préstamos a interés cero. La línea, vinculada al Instituto de Crédito Oficial (ICO), podrá cubrir hasta el 20% del valor del inmueble, con un máximo de 50.000 euros y un plazo de devolución de diez años. PUBLICIDAD La fiscalidad de las Socimi subirá del 15% al 25% sobre los beneficios no distribuidos, con el fin de que su inversión se redirija hacia la vivienda asequible.

Además, los ayuntamientos podrán aplicar hasta el doble del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) a las viviendas que permanezcan vacías durante más de tres años. Otra de las medidas estrella en esta misma norma permite alargar hasta dos años los contratos de alquiler que venzan antes del 31 de diciembre de 2028 con congelación de rentas. Sin embargo, la prórroga que contempla no es automática: debe solicitarse cada año y tiene un tope de dos ejercicios.

PUBLICIDAD Un decreto con “solo” la renovación automática El segundo decreto sí recoge exclusivamente la renovación automática de los contratos de alquiler, una exigencia que la Confederación de Sindicatos de Inquilinas planteaba desde el viernes y que también defendía Sumar. La medida obliga a los arrendadores a acreditar una causa justificada si no quieren renovar el contrato. De no hacerlo, deberán indemnizar al inquilino.

Los sindicatos habían propuesto que esa compensación equivaliera a un mes de alquiler por cada año de residencia en la vivienda. El Congreso de los Diputados celebrará este viernes un pleno urgente para convalidar o derogar los dos decretos por separado, después de que el propio Gobierno haya solicitado acelerar la tramitación. Las normas entran en vigor de manera inmediata tras la aprobación del Consejo de Ministros y su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y disponen de un plazo máximo de 30 días para debatirse en la Cámara baja.

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Fuente: Infobae|Fuente primaria|Editado por Tempranísimo IA

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