Recibirá una indemnización de $214 millones tras demandar a un hospital por una amputación
La mujer había sufrido un accidente vial y fue atendida en el Hospital Perrupato de San Martín. Durante la cirugía contrajo una bacteria que le provocó la pérdida de su pie derecho.
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La mujer había sufrido un accidente vial y fue atendida en el Hospital Perrupato de San Martín. Durante la cirugía contrajo una bacteria que le provocó la pérdida de su pie derecho.
- La Justicia Civil condenó al Hospital Perrupato de San Martín a pagar una indemnización de $214 millones a una mujer que sufrió una amputación de una pierna tras contraer una bacteria durante una intervención en ese...
- El juez Jorge Andrés Corradini, a cargo del Tribunal de Gestión Asociada Civil y Paz de la Tercera Circunscripción hizo lugar a la demanda interpuesta por la mujer contra el Hospital Perrupato y condenó al nosocomio a...
- Accidente, intervención y amputación La mujer que realizó la demanda sufrió un accidente vial el 2 de septiembre de 2011 y en ese entonces tenía 49 años
- En este sentido, condenó al Hospital Perrupato a pagar $ 214.170.875,82 más los intereses correspondientes hasta la fecha de su efectivo pago
La Justicia Civil condenó al Hospital Perrupato de San Martín a pagar una indemnización de $214 millones a una mujer que sufrió una amputación de una pierna tras contraer una bacteria durante una intervención en ese nosocomio. La damnificada había iniciado una demanda por daños y perjuicios tras una intervención que tuvo luego de un accidente vial en 2011 en la cual contrajo una bacteria que le provocó la posterior amputación de la pierna. El juez Jorge Andrés Corradini, a cargo del Tribunal de Gestión Asociada Civil y Paz de la Tercera Circunscripción hizo lugar a la demanda interpuesta por la mujer contra el Hospital Perrupato y condenó al nosocomio a pagar una indemnización de $214.170.875,82 con los intereses hasta la fecha de su efectivo pago.
Los abogados del hospital habían planteado que la mujer contrajo la bacteria producto de la fractura expuesta con la que llegó a ser atendida, sin embargo el juez consideró que no se pudo probar esa situación y ponderó el “deber de seguridad” que tienen los nosocomios. Accidente, intervención y amputación La mujer que realizó la demanda sufrió un accidente vial el 2 de septiembre de 2011 y en ese entonces tenía 49 años. Tras el incidente fue trasladada al Perrupato con un diagnóstico de politraumatismo por accidente vial, fractura de tibia-peroné y luxofractura expuesta en el pie derecho.
Se la intervino quirúrgicamente para realizar una limpieza mecánica y quirúrgica de las lesiones del pie derecho. La reducción de la luxación y fragmentos óseos fueron estabilizados con clavijas, alambres de Kirschner y colocación de tracción esquelética. Tras la intervención quirúrgica comienza con un tratamiento de medicamentos hasta el 20 de septiembre de 2011 donde se le receta anticoagulación, antibióticos, protectores gástricos.
Sin embargo, durante el postoperatorio y a las 72 horas comienza con enrojecimiento y tumefacción de la herida de la pierna derecha, por lo que se solicita interconsulta con una infectóloga. Se le cambia el medicamento por antibióticos empíricos sistémicos. El 4 de octubre de 2011 se le realiza una nueva intervención y el día 7 de octubre de 2011 se advierte la presencia de la bacteria “staphylococus warneri”.
No obstante, el 12 de octubre recibe el alta hospitalaria. La mujer relató que con el avance de los meses no obtenía resultados visibles en la intervención y decidió realizar una nueva interconsulta con un traumatólogo. Luego de mucho tiempo de tratamientos sin resultados los médicos determinaron que padecía una osteomielitis en la pierna fracturada, la cual debió ser posteriormente amputada por debajo de la rodilla.
Los fundamentos de la sentencia El juez Corradini decidió fallar a favor de la demandante advirtiendo que el hospital no pudo acreditar que la infección que le provocó la osteomielitis haya sido provocada por una bacteria que la mujer ya portaba antes del ingreso al hospital. Asimismo, consideró que el hecho de que la mujer antes de ingresar al Hospital presentara una fractura expuesta no hace presumir que la misma tuviera dicha bacteria. El magistrado resaltó en el fallo que hizo lugar a la demanda debido a que el hospital no acreditó que la infección que le provocó a la mujer la osteomielitis provino de una causa ajena a su internación en el Hospital.
Otros de los fundamentos que expuso fueron “el deber de seguridad que tienen los nosocomios” y “el principio de buena fe”. En este sentido, condenó al Hospital Perrupato a pagar $ 214.170.875,82 más los intereses correspondientes hasta la fecha de su efectivo pago.
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