Lijo desestimó la denuncia del Gobierno contra dos periodistas de TN por supuesto espionaje
El juez tomó su decisión después de que el fiscal Gerardo Pollicita resolvió no impulsar una investigación por las filmaciones en el interior de la Casa Rosada; fueron acusados de atentar contra la seguridad nacional
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El juez tomó su decisión después de que el fiscal Gerardo Pollicita resolvió no impulsar una investigación por las filmaciones en el interior de la Casa Rosada; fueron acusados de atentar contra la seguridad nacional
- Y descartó la comisión de un delito
- La denuncia había sido promovida por la Casa Militar, con el argumento de que los periodistas habían puesto en riesgo la seguridad nacional al filmar, de forma subrepticia, el interior de casa de gobierno
- Tras la denuncia, la Casa Rosada impidió primero el acceso a los periodistas acreditados allí durante once días
- La acusación de la Casa Militar argumentaba que el periodista de TN “se apartó groseramente de la reglamentación aplicable (Resolución 1319/2025 de la Secretaría de Comunicación y Medios) y de los estándares de buena...
Lijo desestimó la denuncia del Gobierno contra dos periodistas de TN por supuesto espionaje El juez tomó su decisión después de que el fiscal Gerardo Pollicita resolvió no impulsar una investigación por las filmaciones en el interior de la Casa Rosada; fueron acusados de atentar contra la seguridad nacional - 4 minutos de lectura' El juez federal Ariel Lijo desestimó la denuncia del Gobierno contra los periodistas Luciana Geuna e Ignacio Salerno, que habían sido acusados de “espionaje” por filmaciones dentro de la Casa Rosada con “lentes inteligentes”, un dispositivo con forma de anteojos que permite grabar. “No se verifica en las grabaciones realizadas información alguna que permita siquiera presumir algún riesgo concreto o real a la seguridad de la Nación”, escribió Lijo en su resolución. A lo que agregó que “las grabaciones no generaron condiciones aptas para revelar secretos concernientes a la seguridad nacional o del normal funcionamiento de la Casa de Gobierno y/o a la actividad de sus funcionarios, como tampoco la existencia de información clasificada que haya sido efectivamente descubierta y publicada sin autorización”. Y descartó la comisión de un delito.
La denuncia había sido promovida por la Casa Militar, con el argumento de que los periodistas habían puesto en riesgo la seguridad nacional al filmar, de forma subrepticia, el interior de casa de gobierno. Tras la denuncia, la Casa Rosada impidió primero el acceso a los periodistas acreditados allí durante once días. Luego de eso, tras la reapertura de la sala, el 4 de mayo último, el trabajo periodístico se da en medio de fuertes restricciones de circulación.
Ayer, el fiscal del caso, Gerardo Pollicita, dictaminó por el cierre del caso. Luego de analizar el material, Pollicita entendió que el episodio no configuró ningún delito penal y le pidió al juez que lo archive. “Las imágenes muestran únicamente espacios físicos y aspectos generales del funcionamiento de un edificio público sin que se haya acreditado la captación o difusión de secretos, ni verificado una perturbación sustancial de la seguridad nacional”, dice el dictamen del fiscal. “Todo lo cual permite descartar la relevancia jurídico-penal de los sucesos bajo análisis”, agregó. Tal como había exhibido LA NACION, Pollicita destacó que existen distintas fuentes públicas, como Google Maps, que muestran imágenes parecidas a las que se obtuvieron en las grabaciones cuestionadas. “El periodista Salerno, a lo largo de la grabación obtenida mediante lentes inteligentes, captó imágenes similares a las ya dadas a conocer al público en general”, dijo el fiscal.
Tras conocerse la decisión judicial, LA NACION contactó a voceros oficiales de la Casa Rosada que no se manifestaron sobre la decisión de Lijo. Salerno es acreditado desde 2023 en la Casa Rosada y se le impidió el ingreso desde el episodio. La acusación de la Casa Militar argumentaba que el periodista de TN “se apartó groseramente de la reglamentación aplicable (Resolución 1319/2025 de la Secretaría de Comunicación y Medios) y de los estándares de buena práctica profesional correspondientes a la labor de los cronistas acreditados en la Casa Rosada”.
Pero en rigor, la resolución aludida tiene tipificada de manera explícita la sanción ante una grabación sin permiso. En su anexo primero, establece que “en espacios no autorizados especialmente al efecto, se encuentra prohibido transmitir en vivo, registrar imágenes o videos, tomar fotografías o ingresar”. Incumplir este precepto se considera “una falta grave”.
Pero el castigo concreto se activa con la reincidencia, algo que no sucedió en el caso de Salerno: “Incurrir en DOS (2) o más faltas graves a las condiciones de acceso y normas de convivencia podrá ser considerado causal suficiente para la revocación y/o no renovación de la acreditación otorgada”.
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