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Ley Federal de Protección al Consumidor | Las multas por llamadas comerciales no autorizadas serán de hasta 2.3 millones de pesos si se aprueba la reforma

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Ley Federal de Protección al Consumidor | Las multas por llamadas comerciales no autorizadas serán de hasta 2.3 millones de pesos si se aprueba la reforma
Lo esencial
  • El Senado de la República aprobó por unanimidad una reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor para endurecer las sanciones contra las empresas que realicen llamadas comerciales o publicitarias de manera...
  • Las infracciones relacionadas con el artículo 18 Bis serían sancionadas con multas de 56,570 pesos hasta 2.3 millones de pesos
  • El dictamen, que modifica y adiciona los artículos 18 Bis y 127, fue avalado en lo general y en lo particular, sin reservas y con 96 votos a favor
  • En caso de incumplimiento, los proveedores y empresas serán sancionados con multas de hasta 2 millones 345 mil 728.71

El Senado de la República aprobó por unanimidad una reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor para endurecer las sanciones contra las empresas que realicen llamadas comerciales o publicitarias de manera reiterada y sin autorización de los consumidores. Ahora será analizado por la Cámara de Diputados. Las infracciones relacionadas con el artículo 18 Bis serían sancionadas con multas de 56,570 pesos hasta 2.3 millones de pesos.

El dictamen, que modifica y adiciona los artículos 18 Bis y 127, fue avalado en lo general y en lo particular, sin reservas y con 96 votos a favor. Qué establece la reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor En caso de aprobarse la reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor quedará prohibido realizar llamadas comerciales reiteradas y persistentes sin autorización. En caso de incumplimiento, los proveedores y empresas serán sancionados con multas de hasta 2 millones 345 mil 728.71.

Además, la reforma protege a los consumidores que hayan manifestado su negativa a recibir publicidad, y establece que los proveedores seguirán siendo responsables cuando recurran a terceros para realizar las comunicaciones. Según la propuesta, las empresas que usen información de los consumidores con fines publicitarios no podrán llamar por teléfono ni emplear otros medios no autorizados por la persona de forma reiterada y persistente. El texto busca además que la negativa expresada por un consumidor tenga efectos frente a comunicaciones posteriores.

Y contempla la creación del Registro Público gratuito para inscribirse, y las empresas deberán consultarlo y respetarlo. Quién presentó la propuesta para sancionar el acoso telefónico comercial La propuesta fue presentada el 21 de octubre de 2025 por la senadora del PAN Mayuli Latifa Martínez Simón. En la discusión, la legisladora sostuvo que el objetivo es fortalecer la privacidad de los consumidores y evitar que su tranquilidad dependa de cuántas veces deban rechazar una oferta.

Solo participaron en el debate Martínez Simón y la senadora del PVEM María del Rocío Corona Nakamura, quien respaldó el dictamen y cuestionó cómo obtienen las empresas los números telefónicos de las personas.

Fuente: El Cronista|Fuente primaria|Editado por Tempranísimo IA

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