economía

Ley de Equidad Jubilatoria: nuevo fallo declara inconstitucional quita del 8% a haberes jubilatorios

La sentencia sobre un amparo beneficia a 12 pasivos de Epec que ya venían aportando un 18% a la Caja de Jubilaciones. La Cámara Contencioso Administrativa de 3° Nominación reafirma el criterio aplicado anteriormente

Actualizado hace alrededor de 1 hora2 min de lectura2 lecturasComentarios

Escuchá el resumen

Exclusivo para suscriptores Premium

Desbloquear
Ley de Equidad Jubilatoria: nuevo fallo declara inconstitucional quita del 8% a haberes jubilatorios
Lo esencial

La sentencia sobre un amparo beneficia a 12 pasivos de Epec que ya venían aportando un 18% a la Caja de Jubilaciones. La Cámara Contencioso Administrativa de 3° Nominación reafirma el criterio aplicado anteriormente

  • La Cámara Contencioso Administrativa de 3° Nominación de la ciudad de Córdoba, integrada por las vocales María Eugenia Acuña de Maldonado, María Martha del Pilar Angeloz de Lerda y Cecilia María de Guernica...
  • La sentencia llega luego de que las autoridades provinciales anunciaran que apelarán el primer pronunciamiento del mismo tribunal sobre el litigio entablado por una jubilada municipal
  • A quiénes alcanza el nuevo fallo La acción de amparo fue interpuesta por doce jubilados y pensionados de la Epec, sector que ya aportaba el 18% a la Caja de Jubilaciones
  • El tribunal hizo lugar a la acción de amparo y declaró inconstitucional el Decreto N° 268/2025 y del artículo 2 de la Resolución Nº 496/2025 del Ministerio de Economía y Gestión Pública

La Cámara Contencioso Administrativa de 3° Nominación de la ciudad de Córdoba, integrada por las vocales María Eugenia Acuña de Maldonado, María Martha del Pilar Angeloz de Lerda y Cecilia María de Guernica, ratificó su criterio sobre la inconstitucionalidad de resoluciones ministeriales que aumentaron 8% los aportes a la Caja de Jubilaciones. La sentencia llega luego de que las autoridades provinciales anunciaran que apelarán el primer pronunciamiento del mismo tribunal sobre el litigio entablado por una jubilada municipal. A quiénes alcanza el nuevo fallo La acción de amparo fue interpuesta por doce jubilados y pensionados de la Epec, sector que ya aportaba el 18% a la Caja de Jubilaciones.

En este caso, fueron patrocinados por los abogados Guillermo José Carena y Agustín Roberto Carena Menvielle. El tribunal hizo lugar a la acción de amparo y declaró inconstitucional el Decreto N° 268/2025 y del artículo 2 de la Resolución Nº 496/2025 del Ministerio de Economía y Gestión Pública. Los argumentos Determinó que dichas normas son inaplicables a la situación previsional de los amparistas.

Al igual que lo hizo con un amparo de una jubilada municipal, en este caso la Cámara concluyó que el Poder Ejecutivo excedió las facultades delegadas por el Poder Legislativo. Si bien la Ley N° 11.087 autorizaba a incrementar los aportes del personal activo, el tribunal consideró que no existía habilitación legal para trasladar ese recorte de manera automática a los jubilados a través de un decreto o resolución ministerial. El fallo resalta que el haber previsional es irreductible por mandato constitucional y que cualquier quita debe ser impuesta por una ley formal, sin que la doctrina del "núcleo duro" pueda ser utilizada como un "techo" para habilitar recortes sin base legal.

Condenó a la Caja de Jubilaciones a restituir a los actores los importes que les fueron retenidos por la aplicación de esta normativa, con los intereses previstos en la ley previsional. Estableció un plazo de cuatro meses para el cumplimiento de la devolución de los fondos, contados a partir de que quede firme la liquidación correspondiente.

Fuente: Perfil|Fuente primaria|Editado por Tempranísimo IA

Preguntale a la nota

Hacé preguntas y la IA responde usando solo este artículo

2 preguntas restantes · Respuestas basadas en el contenido del artículo

Compartir
WhatsAppXFacebookTelegram

Recibí las noticias en WhatsApp

Seguí nuestro canal para recibir lo más importante del día, directo a tu celular.

Seguir canal

Comentarios

para dejar un comentario

Cargando comentarios...