economía

Ley de Alquileres: se elimina el aumento cada tres meses y los inquilinos estarán habilitados para negociar con el propietario

La Ley determina que el alquiler de vivienda urbana tiene la condición de incrementar únicamente una vez al año y hasta el tope del IPC correspondiente al año anterior.

3 min de lectura1 lecturasComentarios

Escuchá el resumen

Exclusivo para suscriptores Premium

Desbloquear
Ley de Alquileres: se elimina el aumento cada tres meses y los inquilinos estarán habilitados para negociar con el propietario
Lo esencial

La Ley determina que el alquiler de vivienda urbana tiene la condición de incrementar únicamente una vez al año y hasta el tope del IPC correspondiente al año anterior.

  • En esta noticia La normativa relacionada con la vivienda urbana en Colombia presenta un aspecto crucial que pocos inquilinos son conscientes: el canon de arrendamiento no puede ser ajustado más de una vez al año...
  • Por otra parte, es importante mencionar que el límite del incremento también se encuentra establecido legalmente: cualquier aumento no podrá exceder el 100% del IPC del año calendario anterior...
  • Adicionalmente, al momento de renovar el contrato, el arrendador y el inquilino pueden convencionalmente acordar un incremento inferior al IPC...
  • El artículo 20 de la Ley 820 establece que, transcurridos doce meses a un mismo precio, el arrendador tiene la facultad de aplicar un ajuste que no puede sobrepasar la variación del IPC correspondiente al año anterior

La Ley determina que el alquiler de vivienda urbana tiene la condición de incrementar únicamente una vez al año y hasta el tope del IPC correspondiente al año anterior.

Fuente: El Cronista. Para leer la nota completa:

Leer artículo completo

Resumen rápido

Lo que necesitás saber en segundos. Para la nota completa, visitá la fuente original.

Fuente: El Cronista|Fuente primaria|Editado por Tempranísimo IA

Preguntale a la nota

Hacé preguntas y la IA responde usando solo este artículo

2 preguntas restantes · Respuestas basadas en el contenido del artículo

Compartir
WhatsAppXFacebookTelegram

Recibí las noticias en WhatsApp

Seguí nuestro canal para recibir lo más importante del día, directo a tu celular.

Seguir canal

Comentarios

para dejar un comentario

Cargando comentarios...