La Justicia anuló la última cautelar y dejó en plena vigencia la reforma laboral

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 dejó sin efecto una medida que suspendía artículos de la Ley 27.802 y respaldó la estrategia oficial de concentrar todas las impugnaciones en el fuero contencioso.

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La Justicia anuló la última cautelar y dejó en plena vigencia la reforma laboral

La Justicia anul� la �ltima cautelar y dej� en plena vigencia la reforma laboral El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N�12 dej� sin efecto una medida que suspend�a art�culos de la Ley 27.802 y respald� la estrategia oficial de concentrar todas las impugnaciones en el fuero contencioso. La Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal volvi� a fallar a favor del Gobierno en la disputa por la reforma laboral: el Juzgado N�12 anul� la �ltima cautelar dictada por el fuero laboral y dej� sin efecto la suspensi�n de art�culos de la Ley 27.802 de modernizaci�n laboral. La resoluci�n desactiv� una medida que hab�a sido otorgada por el Juzgado Nacional del Trabajo N�63, a cargo de Enrique Ojeda, en una causa iniciada por el Centro de Capitanes de Ultramar y Oficiales de la Marina Mercante contra el Estado Nacional.

Cautelar anulada porque el juez laboral fue declarado incompetente El fallo sostuvo que la medida deb�a quedar sin efecto porque fue dictada por un magistrado que ya hab�a sido declarado incompetente para intervenir en causas vinculadas con la reforma laboral. "Se deja sin efecto la medida cautelar concedida por el juez laboral que fue declarado incompetente para intervenir", indic� la resoluci�n, en referencia al antecedente del expediente iniciado por la CGT que se resolvi� el 8 de mayo. Piden desactivar las cautelares sindicales La decisi�n se produjo tras una presentaci�n impulsada por el Ministerio de Capital Humano, que encabeza Sandra Pettovello, junto a la Procuraci�n del Tesoro, liderada por Sebasti�n Amerio. El Gobierno pidi� que se anularan las medidas cautelares que distintos sindicatos hab�an obtenido en la Justicia laboral para frenar art�culos espec�ficos de la ley.

Con esta resoluci�n, los art�culos suspendidos recuperan plena vigencia, al quedar anulada la medida judicial previa. El Gobierno busca ubicar todas las causas en un solo expediente La estrategia de la Casa Rosada apunta a unificar todas las impugnaciones en el expediente colectivo principal que tramita en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N�12. All� se discute la constitucionalidad general de la Ley 27.802, evitando lo que el oficialismo considera un esquema de fallos paralelos y fragmentados.

El antecedente clave fue el rechazo a la cautelar de la CGT La resoluci�n conocida este jueves se vincula con el fallo del 8 de mayo, cuando el mismo juzgado rechaz� una cautelar presentada por la CGT que buscaba suspender m�s de 80 art�culos de la reforma laboral. En aquella decisi�n, el tribunal sostuvo que la reforma deb�a seguir vigente mientras se analizaba la cuesti�n de fondo, y ratific� que el fuero competente era el Contencioso Administrativo Federal. Respaldo a que la reforma se discuta fuera del fuero laboral Previamente, la C�mara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal ya hab�a determinado que la causa principal deb�a quedar bajo su �rbita, y no en tribunales laborales.

Ese criterio fue utilizado ahora para dejar sin efecto cautelares otorgadas por jueces laborales, al considerar que no ten�an competencia para intervenir. La reforma laboral sigue vigente mientras se discute su constitucionalidad La Ley 27.802 es uno de los ejes del programa de desregulaci�n de Javier Milei y contempla cambios en contrataci�n laboral, registraci�n de empleados, multas, intermediaci�n, bloqueos sindicales y modalidades de relaci�n laboral. Los sindicatos cuestionaron la norma por considerar que afecta derechos laborales y presentaron m�ltiples demandas judiciales para suspender art�culos espec�ficos.

Con este fallo, el Gobierno logr� que la reforma laboral quede plenamente vigente, mientras contin�a la discusi�n judicial de fondo sobre su constitucionalidad en el expediente principal.

Fuente: BAE Negocios|Fuente primaria|Editado por Tempranísimo IA

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