Financiamiento universitario: la Justicia suspendió provisoriamente las multas diarias de $100.000 al Gobierno por incumplir la cautelar
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- La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal suspendió provisoriamente la aplicación de las multas diarias que el juez Martín Cormick había impuesto al jefe de Gabinete...
- La apelación cuestiona la decisión de Cormick, quien había intimado al Gobierno a cumplir con la cautelar y fijado una sanción de $100.000 por cada día de incumplimiento
- La controversia se inscribe en la causa iniciada por el CIN contra el decreto 759/2025, con el que el Poder Ejecutivo condicionó la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario a que el Congreso identificara las...
- La cautelar que dispone la actualización salarial y de las becas había sido confirmada por la Corte Suprema el 25 de junio de 2026
La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal suspendió provisoriamente la aplicación de las multas diarias que el juez Martín Cormick había impuesto al jefe de Gabinete, Diego Santilli, por el incumplimiento de una medida cautelar vinculada con la Ley de Financiamiento Universitario. El tribunal admitió la queja presentada por el Ministerio de Capital Humano y ordenó al juzgado de primera instancia que tramite el recurso del Estado con efecto suspensivo. La apelación cuestiona la decisión de Cormick, quien había intimado al Gobierno a cumplir con la cautelar y fijado una sanción de $100.000 por cada día de incumplimiento. La medida judicial exige actualizar los salarios del personal docente y no docente de las universidades públicas y garantizar los fondos para las becas estudiantiles, de acuerdo con los parámetros de la ley. El juez había considerado que el Gobierno no cumplió con esa orden y, tras vencer los plazos que le había otorgado, hizo efectiva la advertencia de aplicar astreintes. El Estado sostuvo en su presentación que la cautelar ya estaba cumplida. También pidió que la apelación tuviera efecto suspensivo, un planteo que Cormick había rechazado. Ahora, la Cámara dispuso que el recurso sea concedido con ese efecto y que se tramite ante el juzgado que intervino en primera instancia. De esta manera, la sanción económica queda en pausa mientras se sustancia la apelación. La decisión de la Cámara no resuelve si el Estado cumplió con la cautelar ni se pronuncia sobre el fondo de la disputa por la aplicación de la ley. Tampoco implica que se haya declarado inválida la norma. El planteo deberá seguir su trámite judicial. El fallo al que pudo acceder TN, firmado por Sergio Fernández y por los jueces subrogantes José Luis López Castiñeira y Jorge Morán, consideraron que denegar la apelación “es susceptible de generarle un gravamen irreparable a la parte demandada”. Aclararon que esto no implica “adelantar opinión acerca del cabal cumplimiento o no de la medida cautelar”. La sanción había sido dictada por Cormick después de que el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) reclamara su la medida ante la falta de cumplimiento. El juez había dado al Gobierno un plazo para acatar la cautelar vigente y, una vez vencido, consideró verificado el incumplimiento. En ese contexto, el magistrado fijó las astreintes contra el titular de la Jefatura de Gabinete. Se trata de una multa es diaria establecida como una medida para presionar por el cumplimiento de la orden judicial. Cormick también había dejado abierta la posibilidad de modificar el monto o ampliar la lista de funcionarios alcanzados si la situación persistía. La controversia se inscribe en la causa iniciada por el CIN contra el decreto 759/2025, con el que el Poder Ejecutivo condicionó la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario a que el Congreso identificara las fuentes de los recursos. El 6 de octubre, Cormick declaró inconstitucional esa condición y ordenó aplicar la norma; el Gobierno apeló ese fallo. La cautelar que dispone la actualización salarial y de las becas había sido confirmada por la Corte Suprema el 25 de junio de 2026.
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