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El Gobierno reglamentó el régimen de promoción del empleo registrado

A través de esta medida, el empleador podrá regularizar a los trabajadores precarizados y recibir así una serie de beneficios fiscales; aplica para el sector privado

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El Gobierno reglamentó el régimen de promoción del empleo registrado
Lo esencial

A través de esta medida, el empleador podrá regularizar a los trabajadores precarizados y recibir así una serie de beneficios fiscales; aplica para el sector privado

  • De esta forma, quienes accedan a la nueva normativa, podrán obtener una serie de beneficios fiscales y planes de pago hasta el 28 de noviembre de 2026
  • En el marco de la Ley de Modernización Laboral que fue impulsada por la administración de Javier Milei y aprobada en febrero por el Congreso...
  • Está destinado a vínculos laborales en el sector privado iniciados hasta el 5 de marzo de 2026, inclusive, y que se encuentren vigentes al momento de la adhesión
  • El régimen también contempló cancelaciones de deuda por aportes y contribuciones a la seguridad social y obra social: un 90% para micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro; un 80% para medianas empresas...

El Gobierno reglamentó el régimen de promoción del empleo registrado A través de esta medida, el empleador podrá regularizar a los trabajadores precarizados y recibir así una serie de beneficios fiscales; aplica para el sector privado - 2 minutos de lectura' El Gobierno reglamentó este jueves el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), que busca fomentar que los empleadores regularicen a los trabajadores que hasta el momento se encontraban no registrados. De esta forma, quienes accedan a la nueva normativa, podrán obtener una serie de beneficios fiscales y planes de pago hasta el 28 de noviembre de 2026. En el marco de la Ley de Modernización Laboral que fue impulsada por la administración de Javier Milei y aprobada en febrero por el Congreso, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó el nuevo régimen mediante la Resolución General 5862/2026.

Está destinado a vínculos laborales en el sector privado iniciados hasta el 5 de marzo de 2026, inclusive, y que se encuentren vigentes al momento de la adhesión. El régimen también contempló cancelaciones de deuda por aportes y contribuciones a la seguridad social y obra social: un 90% para micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro; un 80% para medianas empresas; y un 70% para el resto de los empleadores. Además, incluye la exención del 100% de la deuda destinada al Sistema Nacional del Seguro de Salud (FSR), Riesgos del Trabajo (ART) y Seguro Colectivo de Vida Obligatorio (SCVO) para los empleadores. “El objetivo del programa es incentivar la registración laboral, reducir la informalidad y facilitar la regularización de deudas previsionales mediante beneficios fiscales y planes de pago especiales”, destacaron desde el Gobierno en un comunicado.

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Fuente: La Nación|Fuente primaria|Editado por Tempranísimo IA

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