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Cuál va a ser la factura promedio de gas para los mendocinos desde abril

El Gobierno nacional aprobó nuevos cuadros tarifarios que, en Mendoza, elevan el cargo fijo, pero reducen el valor del metro cúbico.

7 de abril de 2026Actualizado hace menos de un minuto3 min de lectura26 lecturasComentarios

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Cuál va a ser la factura promedio de gas para los mendocinos desde abril
Lo esencial

El Gobierno nacional aprobó nuevos cuadros tarifarios que, en Mendoza, elevan el cargo fijo, pero reducen el valor del metro cúbico.

  • En el caso de Mendoza, habrá un aumento del 2,2% en el cargo fijo por el servicio y una disminución del 0,6% en el valor del metro cúbico
  • Desde Ecogas detallaron que, en el caso de una factura de un usuario residencial R2-2, el valor promedio que deberá abonar quien no tenga subsidio es de $67.228, lo que implica un incremento del 0,43%
  • En cambio, los hogares que tienen subsidio abonarán, por el consumo que realicen en abril de 2026, un monto promedio de $53.432, lo que representa una disminución del 14,85%
  • Esto implica $4.193.016, ya que el valor de la CBT fue de $1.397.672 en febrero

Ayer, el Enargas (Ente Nacional Regulador del Gas) publicó varias resoluciones en las que autoriza los nuevos cuadros tarifarios para las distribuidoras en todo el país. En el caso de Mendoza, habrá un aumento del 2,2% en el cargo fijo por el servicio y una disminución del 0,6% en el valor del metro cúbico. La pregunta es cómo impacta esto en el monto que los mendocinos tendrán que pagar en sus próximas facturas.

Desde Ecogas detallaron que, en el caso de una factura de un usuario residencial R2-2, el valor promedio que deberá abonar quien no tenga subsidio es de $67.228, lo que implica un incremento del 0,43%. En cambio, los hogares que tienen subsidio abonarán, por el consumo que realicen en abril de 2026, un monto promedio de $53.432, lo que representa una disminución del 14,85%. La baja, explicaron, es consecuencia de una bonificación general del 50% para quienes mantienen un descuento, más una extraordinaria del 18,18% en abril y que a esto se suma la caída del tipo de cambio.

En cuanto a la composición de la boleta, señalaron que, para los usuarios que no tienen bonificación, el 52% del monto final corresponde al precio del gas, el 12% al transporte y el 36% a la distribución. Mientras que para los hogares que tienen bonificada una parte del consumo, el importe es un 37% el gas, un 15% el transporte y un 48% la distribución. Nuevo esquema de subsidios Desde el 1 de febrero, comenzó a aplicarse el Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), que eliminó los anteriores niveles por ingresos -N1 (altos), N2 (bajos) y N3 (medios)- para establecer una única distinción: hogares con y sin bonificación.

El subsidio, del 50%, se aplicará para los usuarios de gas sólo de abril a septiembre, mientras que, en los meses más cálidos, de octubre a marzo, no habrá descuentos. Por otra parte, en 2026 se decidió implementar una bonificación adicional y extraordinaria, que fue del 25% en enero, 22,73% en febrero, 20,45% en marzo y 18,18% en abril, e irá disminuyendo de modo paulatino hasta el 2,27% en noviembre y 0% en diciembre. En el caso del gas, el consumo subsidiado tiene un tope diferente según la categoría de usuario y el mes del año.

Si el hogar excede ese límite deberá pagar los metros cúbicos excedentes al valor sin subsidio. (Y, ahora, con el SEF, sólo se aplicará la bonificación de abril a septiembre). La línea entre subsidio sí y no Para acceder al subsidio, los integrantes del hogar no deben superar, en conjunto, ingresos equivalentes a tres canastas básicas totales (CBT) para un hogar tipo 2 de Indec. Esto implica $4.193.016, ya que el valor de la CBT fue de $1.397.672 en febrero.

También mantendrán la bonificación los hogares en los que un miembro tenga Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP, Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur o Certificado Único de Discapacidad (CUD). En cambio, quedan fuera del subsidio los que superen las tres CBT, posean al menos un automóvil con una antigüedad igual o menor a tres años (a menos que tengan CUD); tres o más inmuebles; una embarcación de lujo; una aeronave; o un integrante posea Activos Societarios.

Fuente: Los Andes|Fuente primaria|Editado por Tempranísimo IA

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