Crimen de Santiago Aguilera: absuelven a Julio César Ramírez y ordenan su inmediata libertad
La Cámara de Casación Penal dispuso remitir antecedentes del caso a la Procuración por los errores del fiscalía en la investigación. Fue clave la declaración de un empleado de la Fiscalía
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La Cámara de Casación Penal dispuso remitir antecedentes del caso a la Procuración por los errores del fiscalía en la investigación. Fue clave la declaración de un empleado de la Fiscalía
- La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal dictó ayer miércoles, 20 de mayo, un fallo que dispuso la absolución e inmediata libertad de Julio César Ramírez...
- El error que sostuvo una condena de 12 años Ramírez, asistido por la Defensoría Pública, había sido condenado inicialmente a 4 años por encubrimiento y luego, tras un recurso de la querella...
- El eje del razonamiento condenatorio era que Ramírez había accedido a la cuenta de Gmail de Santiago desde su domicilio en Villa Dolores para buscar claves de billeteras virtuales mientras la víctima aún estaba cautiva
- Sin embargo, el 10 de diciembre de 2025, el Ministerio Público Fiscal informó de manera "sorpresiva" que un empleado de la Fiscalía Federal N° 1 de Córdoba, Ramiro Julián Daverio...
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal dictó ayer miércoles, 20 de mayo, un fallo que dispuso la absolución e inmediata libertad de Julio César Ramírez, quien cumplía una condena por el secuestro extorsivo seguido de muerte del joven Santiago Aguilera Allende. La decisión se fundamenta en la aparición de una "prueba sobreviniente" que revela que el dato técnico central utilizado para condenarlo era falso: el acceso a la cuenta de Gmail de la víctima no fue realizado por el imputado, sino por un empleado de la propia fiscalía federal. El error que sostuvo una condena de 12 años Ramírez, asistido por la Defensoría Pública, había sido condenado inicialmente a 4 años por encubrimiento y luego, tras un recurso de la querella, la pena fue elevada a 12 años de prisión como partícipe secundario del secuestro y homicidio.
El eje del razonamiento condenatorio era que Ramírez había accedido a la cuenta de Gmail de Santiago desde su domicilio en Villa Dolores para buscar claves de billeteras virtuales mientras la víctima aún estaba cautiva. Sin embargo, el 10 de diciembre de 2025, el Ministerio Público Fiscal informó de manera "sorpresiva" que un empleado de la Fiscalía Federal N° 1 de Córdoba, Ramiro Julián Daverio, confesó bajo juramento haber sido él quien realizó esos accesos desde un hotel en Villa Dolores utilizando un dispositivo de la fiscalía en el marco de la investigación. Según las fuentes, las direcciones IP coincidían debido al sistema de la proveedora local de internet, lo que generó la confusión que mantuvo a un inocente tras las rejas.
Duras críticas a los fiscales y pedido de disculpas El fallo de los jueces Guillermo Yacobucci, Diego Barroetaveña y Angela Ledesma incluye una durísima crítica a la actuación fiscal. Durante la audiencia, el Fiscal General de Casación, Raúl Omar Pleé, reconoció que el Ministerio Público actuó de modo "incorrecto" y pidió "sentidas disculpas" tanto a la familia de la víctima como a la de Ramírez. La investigación liderada originalmente por el fiscal Enrique Senestrari fue calificada como "negligente", "marcadamente deficiente" y carente de "idoneidad técnica".
Se le reprocha haber delegado tareas técnicas sensibles en personal no capacitado, no haber indagado al único detenido (Walter Gil) cuando la víctima aún estaba con vida, perdiendo la oportunidad de evitar su muerte. También, considera que indujo a error a los jueces mediante una contaminación probatoria que pudo haberse evitado si se hubiera dejado constancia de las actuaciones de la fiscalía en el expediente. Hay que recordar que el juicio a Gil -condenado a prisión perpetua- y Ramírez se realizó en julio del año pasado en el Tribunal Oral Federal 3 de Córdoba.
Investigación disciplinaria y penal Ante la gravedad de los hechos, la Cámara de Casación resolvió disponer la extracción de testimonios y su remisión a la Procuración General de la Nación para que evalúe la responsabilidad disciplinaria y funcional de los fiscales intervinientes. Asimismo, se enviarán copias de la resolución a los magistrados que investigan otras causas conexas por supuestas irregularidades y violencia ejercida durante el allanamiento y la detención de Ramírez, así como al expediente donde se juzga el desempeño del fiscal Enrique Senestrari. Con este fallo, la justicia reconoce que Ramírez fue "erróneamente considerado culpable" por un hecho que nunca cometió.
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