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Condenaron a dos hombres por transportar más de un kilo cocaína en Río Negro: cumplirán domiciliaria

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Condenaron a dos hombres por transportar más de un kilo cocaína en Río Negro: cumplirán domiciliaria
Lo esencial
  • El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de General Roca dictó sentencia contra dos hombres acusados de transportar estupefacientes
  • Los imputados, Abundio Bogarín Sotelo y Jorge Enrique Cruz, fueron condenados por un hecho ocurrido el 26 de febrero de 2022 en el sector conocido como «Puente Viejo», en Viedma
  • Gracias a la participación del can detector «Charly», los uniformados hallaron un habitáculo oculto debajo de las alfombras del rodado...
  • El debate por la prisión domiciliaria: un enfoque «humanitario» Uno de los puntos centrales del fallo fue la concesión de la modalidad de prisión domiciliaria para ambos condenados...

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de General Roca dictó sentencia contra dos hombres acusados de transportar estupefacientes. Los imputados, Abundio Bogarín Sotelo y Jorge Enrique Cruz, fueron condenados por un hecho ocurrido el 26 de febrero de 2022 en el sector conocido como «Puente Viejo», en Viedma. La investigación se originó cuando personal de la Delegación de Toxicomanía de la Policía de Río Negro interceptó un vehículo Renault Scenic en un control preventivo. Gracias a la participación del can detector «Charly», los uniformados hallaron un habitáculo oculto debajo de las alfombras del rodado, donde se escondía un «ladrillo» rectangular que contenía 1.094 gramos de clorhidrato de cocaína. Tras el hallazgo, ambos ocupantes fueron detenidos y el vehículo, junto con sus pertenencias, quedó incautado. Las penas impuestas y la reincidencia Tras un acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre el auxiliar fiscal, Diego Martín Paolini, y la defensa pública, representada por Gabriela Labat, el juez de cámara Marcos Javier Aguerrido homologó la condena. Para Jorge Enrique Cruz, se dictó una pena de 4 años de prisión. Por su parte, Abundio Bogarín Sotelo recibió una sanción de 4 años y 3 meses de prisión, además de la declaración de reincidencia. El magistrado fundamentó esta decisión al considerar que Bogarín Sotelo registraba una condena previa de 2018 por comercialización de estupefacientes y tenencia de armas, por lo cual «no transcurrieron los plazos de caducidad» previstos en el Código Penal. El debate por la prisión domiciliaria: un enfoque «humanitario» Uno de los puntos centrales del fallo fue la concesión de la modalidad de prisión domiciliaria para ambos condenados, residentes en la Villa 21-24 de Barracas, en CABA. El juez Aguerrido argumentó que esta medida no es automática ni indiscriminada, sino excepcional. «Esta amplitud de criterio no debe interpretarse como un resorte automático para otorgar el arresto domiciliario de forma indiscriminada. Por el contrario, rige para este instituto la lógica de una medida excepcional«, sostuvo el magistrado en los fundamentos. La decisión se basó en informes socio-ambientales que detallaron realidades familiares extremas. En el caso de Bogarín Sotelo, los informes lo señalan como el cuidador principal y único sustento económico de sus hijos mellizos de 16 años, ante la inminente emigración de su expareja. El encarcelamiento del imputado, argumentó el tribunal, dejaría a los adolescentes en «total desamparo emocional y económico». Por otro lado, la situación de Jorge Enrique Cruz resultó igualmente crítica. El imputado es responsable del cuidado de tres nietos —de 14, 11 y 8 años—, con patologías de salud que requieren atención constante. El tribunal consideró que el traslado del detenido a una unidad penitenciaria causaría un «daño desproporcionado a terceros inocentes», frustrando además los objetivos de resocialización. Decomiso y destino de los bienes Finalmente, el fallo dispuso el decomiso de todos los elementos vinculados a la comisión del delito, conforme a la Ley 23.737. La medida alcanza al vehículo Renault Scenic —propiedad de uno de los condenados—, así como al dinero en efectivo y los teléfonos celulares incautados al momento de la detención. Asimismo, el tribunal ordenó la destrucción inmediata del material estupefaciente secuestrado, cumpliendo con las normativas vigentes sobre la eliminación de sustancias ilegales. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de General Roca dictó sentencia contra dos hombres acusados de transportar estupefacientes. Los imputados, Abundio Bogarín Sotelo y Jorge Enrique Cruz, fueron condenados por un hecho ocurrido el 26 de febrero de 2022 en el sector conocido como "Puente Viejo", en Viedma.

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