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Con un nuevo retiro voluntario, el Gobierno profundiza el achique de la planta estatal

El programa se suma a los ya habilitados en Anses, INTA y Parques Nacionales y extiende el mecanismo a toda la administración centralizada. La adhesión no es automática: cada área podrá rechazarla.

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Con un nuevo retiro voluntario, el Gobierno profundiza el achique de la planta estatal
Lo esencial

El programa se suma a los ya habilitados en Anses, INTA y Parques Nacionales y extiende el mecanismo a toda la administración centralizada. La adhesión no es automática: cada área podrá rechazarla.

  • El Gobierno nacional oficializó este lunes un nuevo régimen de retiros voluntarios para trabajadores estatales mediante otra medida impulsada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado...
  • Buscan desvincular a 20 mil empleados
  • La iniciativa quedó establecida mediante el Decreto 1203/2026, publicado en el Boletín Oficial, y lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete, Diego Santilli, y del titular de Desregulación
  • La convocatoria alcanza al personal de planta permanente comprendido en la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional 25.164 y a los trabajadores vinculados mediante contratos por tiempo indeterminado bajo la...

El Gobierno nacional oficializó este lunes un nuevo régimen de retiros voluntarios para trabajadores estatales mediante otra medida impulsada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, que comunicó la noticia en redes sociales. Buscan desvincular a 20 mil empleados. La iniciativa quedó establecida mediante el Decreto 1203/2026, publicado en el Boletín Oficial, y lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete, Diego Santilli, y del titular de Desregulación.

El programa abrirá su período de adhesión el 1° de noviembre y permanecerá vigente hasta el 30 de ese mes, aunque la autoridad de aplicación podrá disponer una prórroga por única vez de hasta 30 días corridos. "El Decreto 1023/26 con firma de @JMilei, @diegosantilli y quien escribe, lanza un retiro voluntario para empleados de la administración pública (unos 20.000 son elegibles para participar, si así lo desean). Para evitar una puerta giratoria quienes participen no pueden volver a la administración (o deben devolver el dinero previamente). Seguimos buscando maneras de reducir el gasto público para seguir bajando impuestos.

VLLC!", escribió en X "El Coloso". Cargando publicación... La convocatoria alcanza al personal de planta permanente comprendido en la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional 25.164 y a los trabajadores vinculados mediante contratos por tiempo indeterminado bajo la Ley de Contrato de Trabajo 20.744.

El alcance comprende a las jurisdicciones y los organismos de la Administración Pública Nacional centralizada que dependen del Poder Ejecutivo. A diferencia de los programas que se habilitaron anteriormente en determinadas dependencias, el nuevo esquema determina un mecanismo de alcance general para ese universo de empleados. Sin embargo, la adhesión no garantiza automáticamente la aceptación de la solicitud: las autoridades podrán rechazarla cuando consideren que la desvinculación compromete la continuidad, regularidad o eficacia de las funciones del área.

El decreto fija que la compensación económica dependerá de la edad del trabajador, su antigüedad reconocida y, para determinados grupos, la cantidad de años de aportes previsionales. El cálculo tomará como referencia la remuneración mensual bruta, normal, regular, habitual y permanente, sin incluir conceptos extraordinarios. Para determinar la antigüedad se computarán los períodos trabajados en planta permanente o mediante contratos por tiempo indeterminado, pero no los servicios como becario, personal transitorio o contratado bajo modalidades temporarias, ni los años que ya hayan sido indemnizados por una desvinculación anterior.

Para las mujeres de hasta 57 años y los varones de hasta 62, el régimen contempla una compensación equivalente a un sueldo por cada año de antigüedad, o fracción superior a tres meses, con un máximo de 20 remuneraciones. A ese monto se agregarán cuatro sueldos para quienes tengan menos de 15 años de antigüedad en planta permanente y cinco para quienes alcancen o superen ese período. De esta manera, el total dependerá de los años de servicio reconocidos y de los adicionales correspondientes a cada caso.

El esquema también establece una alternativa para las mujeres de entre 58 y 64 años y los varones de entre 63 y 64 años que cuenten con al menos 30 años de aportes jubilatorios. En ese grupo, la compensación será de un sueldo por año de antigüedad, con un límite de 18 remuneraciones, más cinco sueldos adicionales. No obstante, el monto total no podrá superar la cantidad de meses que le falten al trabajador para cumplir los requisitos jubilatorios.

Para quienes se encuentren dentro de esas franjas etarias, pero todavía no reúnan los aportes necesarios, habrá dos opciones: percibir un pago único calculado en función de la antigüedad, con un tope de 18 sueldos y sujeto al límite de los meses restantes para acceder a la jubilación, o cobrar mensualmente el 60% de la remuneración bruta durante un máximo de 36 meses. En la modalidad de pagos mensuales destinada a quienes aún no reúnan los requisitos previsionales, el Estado continuará realizando los aportes y las contribuciones correspondientes a la seguridad social y a la obra social. La normativa también prevé que, en caso de fallecimiento del beneficiario, sus derechohabientes continúen percibiendo los pagos hasta completar el plazo acordado.

Para las compensaciones de pago único, el mecanismo dependerá del monto: si no supera los 20 millones de pesos, se abonará en una sola vez; si excede esa cifra, se pagará en cuotas mensuales de hasta 20 millones de pesos, con un máximo de tres cuotas y el saldo restante en la última. Los adicionales previstos se incorporarán al primer pago. La reglamentación establece una serie de restricciones para quienes se incorporen al programa.

Los trabajadores que acepten el retiro no podrán volver a desempeñarse en el Sector Público Nacional durante ocho años, bajo ninguna modalidad de empleo o contratación. La prohibición comprende también los cargos superiores del Poder Ejecutivo, las funciones de asesoramiento de gabinete y los programas financiados por organismos multilaterales, aunque se exceptúan los cargos docentes en universidades nacionales. En caso de incumplimiento, el beneficiario perderá las cuotas que todavía tenga pendientes y deberá devolver las sumas que determine la autoridad de aplicación de acuerdo con el tiempo transcurrido desde su desvinculación.

Entre los sectores excluidos del régimen figuran el personal de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, la Secretaría de Inteligencia de Estado, el Servicio Exterior, el Sistema Federal de Manejo del Fuego y las orquestas, coros y el ballet nacionales. Tampoco podrán adherir los empleados que ya reúnan los requisitos para jubilarse, quienes estén procesados por delitos contra la Administración Pública o quienes tengan sumarios administrativos en trámite que puedan derivar en cesantía o exoneración. Además, los trabajadores que hayan iniciado reclamos judiciales contra el Estado por cuestiones vinculadas con su relación laboral deberán desistir de ellos para incorporarse al programa, con excepción de los reclamos por riesgos del trabajo.

Los delegados gremiales, por su parte, deberán renunciar a la tutela sindical, que perderá efecto una vez aprobado el retiro. La aceptación de las solicitudes deberá resolverse dentro de un plazo máximo de 40 días corridos, contados desde el día hábil siguiente al cierre del período de adhesión. Si no existe una respuesta dentro de ese plazo, el silencio administrativo tendrá efecto negativo y el vínculo laboral continuará vigente.

El decreto dispone, además, que los cargos presupuestarios correspondientes a los trabajadores que accedan al retiro deberán eliminarse a partir de la fecha de cese de la relación de empleo y que las vacantes resultantes no podrán utilizarse para justificar nuevas incorporaciones de personal. En los fundamentos de la medida, el Poder Ejecutivo sostuvo que el régimen forma parte de una política de transformación y reorganización del Estado orientada a optimizar las estructuras y las dotaciones de personal y a mejorar la asignación de los recursos públicos. La nueva convocatoria se suma a los programas de retiro voluntario que se habilitaron en organismos específicos, como la ANSES, el INTA y Parques Nacionales.

En esta oportunidad, el Gobierno extendió el mecanismo a las jurisdicciones de la Administración Pública Nacional centralizada y estableció que cada organismo deberá afrontar los gastos derivados de su aplicación con sus créditos presupuestarios vigentes.

Fuente: MDZ Online|Fuente primaria|Editado por Tempranísimo IA

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