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Bares y restaurantes en crisis en CABA: vence plazo para pedir la exención de ABL por la caída de la actividad

La medida fue implementada por la AGIP en el marco de un alivio fiscal para los comerciantes del sector. Hasta el momento ya fueron beneficiados con esta medida de alivio fiscal un total de 4.267 inmuebles.

25 de marzo de 2026Actualizado hace menos de un minuto3 min de lectura1 lecturasComentarios

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Bares y restaurantes en crisis en CABA: vence plazo para pedir la exención de ABL por la caída de la actividad
#impuestos#provincias
Lo esencial

La medida fue implementada por la AGIP en el marco de un alivio fiscal para los comerciantes del sector. Hasta el momento ya fueron beneficiados con esta medida de alivio fiscal un total de 4.267 inmuebles.

  • Continúa vigente hasta el 31 de marzo el plazo para que bares, restaurantes y hoteles soliciten la exención de ABL por seis meses
  • La medida fue implementada por la Administración General de Ingresos Públicos (AGIP) y apunta a acompañar al sector gastronómico y hotelero
  • Frente a ello, AGIP comunicó que aún seguirá vigente el plazo para pedir la exención de la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza. "A los nuevos contribuyentes que soliciten la exención y que ya hayan abonado las cuotas...
  • La exención del impuesto rige para el período comprendido entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2026

Continúa vigente hasta el 31 de marzo el plazo para que bares, restaurantes y hoteles soliciten la exención de ABL por seis meses. La medida fue implementada por la Administración General de Ingresos Públicos (AGIP) y apunta a acompañar al sector gastronómico y hotelero. En medio de un contexto de retracción de la actividad, el Gobierno de la Ciudad, a través del organismo que conduce Germán Krivocapich, mantiene vigentes las medidas de alivio fiscal para beneficiar a los comerciantes de uno de los rubros más afectados.

Frente a ello, AGIP comunicó que aún seguirá vigente el plazo para pedir la exención de la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza. "A los nuevos contribuyentes que soliciten la exención y que ya hayan abonado las cuotas 1, 2 y/o 3, se les descontará el monto abonado de las cuotas restantes del 2026", señalaron. La exención del impuesto rige para el período comprendido entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2026. En la actualidad, ya fueron beneficiados con esta medida de alivio fiscal un total de 4.267 inmuebles del rubro.

Además, quienes abonaron de manera anticipada el pago anual recibirán un crédito fiscal equivalente a la mitad del total abonado, el cual se imputará automáticamente en las cuotas del 2027. La medida busca acompañar a uno de los sectores más pujantes de la actividad económica porteña, considerado estratégico para el ecosistema local. Cómo acceder al beneficio Los contribuyentes alcanzados deberán solicitar el reconocimiento de la exención a través de Trámites a Distancia (TAD - https://tad.buenosaires.gob.ar/).

Para presentar la solicitud, deberán aportar la siguiente información: Para presentar la solicitud, deberán informar "número de partida inmobiliaria", acompañado de información sobre el domicilio de explotación inscripto en el Registro de Domicilio de Explotación (RDE). También deberán aportar fecha de inicio y finalización del contrato de locación o comodato, en caso de corresponder. A su vez, si correspondiere, deberán aportar nombre y apellido o razón social del locatario o comodatario, CUIT del locatario o comodatario y actividad declarada en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, conforme al Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES), desarrollada en el inmueble objeto del beneficio.

Beneficios para contribuyentes en CABA El beneficio impositivo para bares, restaurantes y hoteles acompaña las medidas impulsada por el gobierno de Jorge Macri para comerciantes y contribuyentes. La semana pasada, Ciudad dispuso la eliminación del impuesto de Sellos que se aplicaba sobre la financiación del saldo de las tarjetas de crédito. La decisión fue formalizada por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP), que dejó sin efecto el tributo del 1,2% que se cobraba sobre ese tipo de operaciones.

A partir de esta medida, quienes paguen el monto mínimo del resumen y financien el resto del consumo ya no deberán abonar ese impuesto. Según explicaron desde el organismo, la exención se aplicará de manera automática, sin que los contribuyentes deban realizar ningún trámite adicional. Desde el Gobierno porteño señalaron que la eliminación del gravamen apunta a reducir el costo del financiamiento para los usuarios de tarjetas de crédito.

En la práctica, el cambio implica que quienes utilicen este mecanismo de pago afrontarán un monto menor en el total del resumen.

Fuente: Ámbito|Fuente primaria|Editado por Tempranísimo IA

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