Adiós a circular como quieras: el gobierno les puso un alto definitivo a estos vehículos que invadieron las calles y nada volverá a ser igual para quienes los usan
Desde la Conserjería de la CDMX emitieron un documento oficial donde están las reformas al reglamento para el uso de estos tipos de transporte usados en la ciudad.
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Desde la Conserjería de la CDMX emitieron un documento oficial donde están las reformas al reglamento para el uso de estos tipos de transporte usados en la ciudad.
- En esta noticia El Gobierno de la Ciudad de México endureció las reglas para scooters, motos eléctricas y otros vehículos de baja velocidad que en los últimos años invadieron calles, banquetas y ciclovías
- La medida fue difundida por la Consejería Jurídica y Servicios Legales, que llamó a las personas usuarias a conocer “la reglamentación con la que deberán contar para poder circular por las calles de la ciudad”
- El objetivo, según el Gobierno de la Ciudad de México, es construir “una movilidad más segura, sustentable y ordenada”
- En el caso de los VEMEPE, la norma contempla vehículos cuya velocidad máxima excede los 25 kilómetros por hora y cuyos motores tienen una potencia continua nominal desde 250 watts hasta 1 kilowatt
En esta noticia El Gobierno de la Ciudad de México endureció las reglas para scooters, motos eléctricas y otros vehículos de baja velocidad que en los últimos años invadieron calles, banquetas y ciclovías. Las autoridades capitalinas anunciaron una nueva regulación que obligará a propietarios y usuarios a cumplir requisitos específicos para poder circular legalmente. La medida fue difundida por la Consejería Jurídica y Servicios Legales, que llamó a las personas usuarias a conocer “la reglamentación con la que deberán contar para poder circular por las calles de la ciudad”.
El objetivo, según el Gobierno de la Ciudad de México, es construir “una movilidad más segura, sustentable y ordenada”. Las nuevas disposiciones incluyen placas, matrículas, distintivos de movilidad eléctrica, licencias y registros obligatorios dependiendo del tipo de vehículo. Además, las autoridades modificaron normas de tránsito y movilidad para ordenar un sector que hasta ahora operaba con pocas restricciones claras.
Qué vehículos estarán regulados y cuáles deberán portar placas La regulación aplica para los llamados Vehículos Eléctricos de Baja Velocidad, definidos como unidades que forman parte “del impulso a la micromovilidad eléctrica”. La clasificación oficial divide a estos vehículos en dos grandes categorías: Vehículo Motorizado Eléctrico Personal, VEMEPE, y Vehículo Eléctrico Personal, VEP. En el caso de los VEMEPE, la norma contempla vehículos cuya velocidad máxima excede los 25 kilómetros por hora y cuyos motores tienen una potencia continua nominal desde 250 watts hasta 1 kilowatt.
Estos sí deberán portar matrícula y Distintivo de Movilidad Eléctrica, DME. - Los VEMEPE deberán tener placas y matrícula obligatoria - Se clasifican en Tipo A y Tipo B - Tipo A: peso menor a 35 kg - Tipo B: peso mayor a 35 kg y hasta 350 kg - La matrícula Tipo A será color verde - La matrícula Tipo B será color azul - También deberán portar Distintivo de Movilidad Eléctrica Qué vehículos quedarán exentos y cuáles serán las nuevas obligaciones La segunda categoría corresponde al Vehículo Eléctrico Personal, VEP, es decir, unidades no motorizadas con velocidad máxima de hasta 25 kilómetros por hora y motores menores a 250 watts. Para este tipo de vehículos no será obligatoria la matrícula. Sin embargo, las autoridades aclararon que sí deberán contar con el Distintivo de Movilidad Eléctrica.
La intención es mantener un control y registro de los vehículos que utilizan las calles capitalinas, incluso cuando no requieran placas tradicionales. - Los VEP no necesitarán matrícula - Su velocidad máxima permitida será de 25 km/h - Deben tener motores menores a 250 watts - Sí necesitarán Distintivo de Movilidad Eléctrica - La regulación aplicará para scooters y otras unidades similares - Nuevas licencias, reformas y fechas clave que deben conocer los usuarios El Gobierno de Clara Brugada también informó que ya se realizaron reformas a la Ley de Movilidad, al Reglamento de la Ley de Movilidad, al Reglamento de Tránsito y al Código Fiscal de la ciudad. Además, se publicó la convocatoria de registro de vehículos para empresas y se habilitó una plataforma para validar registros. Como parte de los cambios, se estableció que las licencias Tipo A1 y A2 serán necesarias para conducir algunos de estos vehículos.
El trámite de alta y licencia para VEMEPE iniciará “a finales de agosto de 2026”, conforme al reglamento difundido por las autoridades. - Ya hubo reformas legales y fiscales relacionadas con micromovilidad - Se habilitó un proceso de emplacamiento - Las empresas distribuidoras también deberán registrarse - Habrá campañas masivas de socialización - Se realizarán análisis de vehículos registrados - El trámite de licencias arrancará a finales de agosto de 2026 - Se requerirán licencias Tipo A1 y A2 para ciertos vehículos Las autoridades justificaron la regulación al señalar que ayudará a “mejorar la seguridad vial para todas y todos”, además de promover “una movilidad ordenada y sustentable”. También afirmaron que las medidas buscan impulsar “la innovación y el uso responsable de la tecnología”. Con estas nuevas reglas, la Ciudad de México busca poner orden en un mercado que creció rápidamente en los últimos años.
Para miles de usuarios que utilizan scooters y vehículos eléctricos diariamente, el panorama cambiará por completo: ya no bastará con comprar uno y salir a circular libremente por la ciudad.
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